La siguiente documentación solicitada puede ser presentada de modo personal en el Registro Provincial de Cultos, ubicado en Ayacucho 945, entre Rivadavia y San Martín, 4º Piso (Ex Casa de Gobierno), de lunes a viernes de 08:00 a 14:00. También puede ser escaneada o digitalizada y enviada al correo cultosanluis@gmail.com. Para consultas, podés comunicarte telefónicamente al 4452000 Interno 1396 , de lunes a viernes, de 08:00  a 14:00.

Documentación:

  1. Formulario RNC N° 1 (Solicitud de Inscripción de Entidades Religiosas) firmado por la máxima autoridad de la entidad religiosa.
  2. Acta de Comisión Directiva autorizando al representante legal (si el trámite no es presentado por la máxima autoridad).
  3. Formulario RNC N° 2 (Características Generales del Culto).
  4. Historia de la organización religiosa. Debe contener una descripción de la historia de la entidad religiosa desde su constitución y estar firmada por la máxima autoridad religiosa.
  5. Formulario RNC N° 3 (Relación de dependencia con otras entidades del país o del exterior). Si la entidad es miembro de federaciones, confederaciones, convenciones y/o entidades de segundo grado, se debe acompañar certificado de afiliación o membresía.
  6. Acta fundacional, de radicación o de constitución en la República Argentina. Si la entidad religiosa se constituye como simple asociación sin personería jurídica, el acta debe ser confeccionada de acuerdo a las prescripciones del Artículo 46 del Código Civil de la República Argentina. En caso de radicación, si la entidad decidiese hacerlo como una sucursal de la entidad constituida en el exterior, se debe presentar la documentación que acredite su personería jurídica en el Estado de origen.
  7. Si la solicitante obtuvo previamente personería jurídica, se debe acompañar constancia de su otorgamiento y una sucinta explicación de las razones por las cuales se otorgó la personería sin la previa inscripción en el Registro Nacional de Cultos (Artículo 2º de la Ley Nº 21.745).
  8. Normas estatutarias de la entidad religiosa, de las que surja su finalidad específicamente religiosa, forma de gobierno y modo de designación de autoridades.
  9. Características de la doctrina. Se debe presentar pliego firmado por la máxima autoridad religiosa de la entidad en el que se informe detalladamente la corriente religiosa a que pertenece, los principales fundamentos de su doctrina, las fuentes principales y los elementos distintivos del culto.
  10. Actividades permanentes y regulares de culto. Se debe presentar pliego firmado por la máxima autoridad religiosa de la entidad en el que se informe los ritos y ceremonias más importantes, describiendo su finalidad y contenidos. Si las actividades de culto prevén el sacrificio de animales, determinar cómo se realiza y cuáles son las personas autorizadas para llevarlo a cabo. Se debe informar la frecuencia de reuniones de culto, indicando los días y horarios de celebración.
  11. Formulario RNC Nº 4 (Personal con Jerarquía Religiosa). La condición de ministro de culto se puede acreditar por medio de certificado de ordenación, certificado de estudios teológicos o carta comendaticia emitida por autoridad religiosa con firma registrada en el Registro Nacional de Cultos.
  12. Establecimientos escogidos para la formación de los ministros de culto. Los administrados deben informar los establecimientos propios o ajenos escogidos para la formación de sus ministros de culto. Se debe adjuntar copia de los programas de estudio. En caso que sea la misma entidad la que forme a sus ministros de culto, debe indicarlo y acompañar la currícula de estudios utilizada.
  13. Formulario RNC Nº 5 (Autoridades de la Entidad). Si la entidad religiosa tuviera autoridades civiles distintas de las religiosas, se debe informar los nombres, cargos y datos personales.
  14. Formulario RNC Nº 6 (Lugar de Culto Central).
  15. El uso legítimo del inmueble donde funciona la Sede Central y lugar de culto se podrá acreditar por medio de los siguientes instrumentos:
    1. Título de propiedad a nombre de la entidad religiosa.
    2. Contrato de locación a nombre de la entidad religiosa. En el contrato debe constar que el inmueble dado en locación será destinado al culto.
    3. Contrato de comodato a nombre de la entidad religiosa con firmas certificadas por escribano público. Se debe acompañar al comodato copia del título de propiedad, informe de dominio o boleto de compraventa del inmueble dado en préstamo.
    4. En caso de inmuebles ubicados en terrenos fiscales, se debe acompañar la autorización de uso emanada por la autoridad pública competente.
  16. Si el inmueble está sometido al régimen de propiedad horizontal, se debe acompañar la documentación que acredite la autorización para realizar actividades de culto (Reglamento de copropiedad o conformidad otorgada por el consorcio de propietarios donde figure la autorización para realizar actividades religiosas).
  17. Acreditación fehaciente del funcionamiento en el inmueble denunciado de la Sede Central y lugar de culto. Se podrá acreditar este extremo por medio de certificación notarial, policial o expedida por autoridad municipal competente.
  18. Dimensión sociológica de la entidad. Se debe acompañar listado de membresía o instrumento análogo que acredite el número aproximado de fieles o adherentes a la entidad religiosa.
  19. De conformidad al Reglamento de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos (Decreto Nº 1759/1972 T.O. 1991). Los documentos en idioma extranjero deben acompañarse de traducción efectuada por traductor público matriculado. Toda la documentación deberá presentarse en original o copia certificada.
  20. Si la entidad tuviera filiales locales, debe solicitar su registro con posterioridad a la inscripción en Inscripción de Filiales.